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FORMULARIOS PROCESALES LABORALES José Antonio Fernández-Cuevas Rodríguez 2ª edición, ampliada y adaptada a la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil DYKINSON 2000© Copyright by 1ª EDICIÓN Madrid, 2000
El libro, que se estructura en 16 capítulos,
contiene los formularios necesarios para que el profesional del Derecho
pueda realizar su labor con una herramienta de trabajo que le facilitará
la redacción de escritos de todo orden, con una variada gama
de demandas, escritos de recursos y de ejecución de sentencias,
sin olvidar aquellos incidentes, en sentido amplio, que pueden surgir
con anterioridad a la presentación de la demanda o durante el
curso del proceso, como la competencia, actos preparatorios, suspensión
de actos, subsanación de defectos, etc. ÍNDICE GENERAL DE LA OBRA Abreviaturas Capítulo 1 a) Escrito planteando conflicto de competencia positivo
Capítulo 2 a) Escrito de recusación Capítulo 3 a) Papeleta de conciliación en materia de
despido disciplinario Capítulo 4 a) Escrito solicitando declaración sobre
hechos relativos a la personalidad del futuro Capítulo 5 a) Demanda tipo en que se acumulan acciones Capítulo 6 a) Escrito ante el CMAC solicitando la suspensión
del acto de conciliación Capítulo 7 a) Escrito de subsanación de defectos de
la solicitud de asistencia jurídica gratuita Capítulo 8 1º. LAS PARTES PROCESALES a) Demanda declarativa de relación laboral
Capítulo 9
a) Demanda impugnando el despido por motivos de
fondo 2º. EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR VOLUNTAD
DEL TRABAJADOR a) Demanda del trabajador solicitando la extinción
de su contrato
a) Demanda contra despido por fraude de ley 4º. EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS
OBJETIVAS a) Demanda impugnando el despido por motivos de
forma, con violación de derechos fundamentales 5º. PAGO POR EL ESTADO a) Demanda sobre reclamación al Estado del
pago de salarios de tramitación 6º. PROCESO DE IMPUGNACIÓN DE SANCIONES
a) Demanda impugnatoria de sanción 7º. VACACIONES a) Demanda impugnando las vacaciones fijadas 8º. MATERIA ELECTORAL a) Demanda impugnatoria de laudos arbitrales en
materia electoral 9º. CLASIFICACIÓN PROFESIONAL a) Demanda sobre clasificación profesional
10º. MOVILIDAD GEOGRÁFICA Y MODIFICACIONES
SUSTANCIALES DE a) Demanda en materia de movilidad geográfica
11º. SEGURIDAD SOCIAL a) Demanda en materia de reclamación de invalidez
12º. PROCESO DE CONFLICTOS COLECTIVOS a) Demanda de conflicto colectivo 13º. IMPUGNACIÓN DE CONVENIOS COLECTIVOS
a) Demanda de impugnación de convenio colectivo
14º. IMPUGNACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE
LOS SINDICATOS O DE SU a) Demanda impugnatoria de la resolución
administrativa que deniega el depósito 15º. TUTELA DE LOS DERECHOS DE LIBERTAD SINDICAL
a) Demanda sobre tutela de la libertad sindical
16º. PERMISOS POR LACTANCIA Y REDUCCIÓN
DE LA JORNADA POR a) Demanda en materia de concreción horaria
y determinación del período de Capítulo 10 a) Escrito de petición solicitando audiencia Capítulo 11 1º. "IMPROPIO" RECURSO DE ACLARACIÓN
a) Escrito solicitando aclaración o rectificación
de sentencia 2º. RECURSO DE REPOSICIÓN a) Escrito de interposición 3º. RECURSO DE SÚPLICA a) Escrito de interposición 4º. RECURSO DE QUEJA a) Escrito de interposición 5º. RECURSO DE SUPLICACIÓN a) Escrito anunciando el recurso 6º. RECURSO DE CASACIÓN a) Escrito de preparación 7º. RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN
DE DOCTRINA a) Escrito de preparación 8º. RECURSO DE REVISIÓN a) Escrito de interposición Capítulo 12 1º. EJECUCIÓN DEFINITIVA a) Escrito de solicitud de ejecución de lo
acordado en conciliación administrativa 2º. EJECUCIÓN PARCIAL a) Solicitud de ejecución parcial de sentencia
3º. SUSPENSIÓN Y APLAZAMIENTO a) Escrito instando la suspensión 4º. EL EMBARGO, REALIZACIÓN DE BIENES
Y PAGO A LOS ACREEDORES
Capítulo 13 a) Solicitud de ejecución de sentencia que
declara despido improcedente, correspondiendo la opción al empresario
Capítulo 14 a) Escrito solicitando la adopción de medidas tendentes a promover la total ejecución de la sentencia
Capítulo 15 1º. DE SENTENCIAS CONDENATORIAS AL PAGO DE
CANTIDADES a) Solicitud de anticipo a cuenta 2º. DE SENTENCIAS CONDENATORIAS EN MATERIA
DE SEGURIDAD SOCIAL a) Solicitud de ejecución provisional de
sentencia otorgando prestación dineraria 3º. DE SENTENCIAS DE DESPIDO a) Solicitud de ejecución provisional en
caso de declaración de improcedencia del despido Capítulo 16 a) Solicitud de justicia gratuita (modelo normalizado)
NOTA A LA SEGUNDA EDICIÓN. LA FUNCIÓN SUPLETORIA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL. Debo empezar esta nota dando las gracias por la buena acogida que ha tenido la primera edición de este libro. Igualmente debo agradecer a don Rafael Tigeras, editor del mismo, las continuas facilidades que me ha prestado. Esta segunda edición, que ha sido ampliada con nuevos comentarios, ha tratado de adaptar los formularios al nuevo régimen procedimental surgido tras la entrada en vigor de la nueva Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, que tanta repercusión tiene en nuestro orden jurisdiccional social. * * * Del mismo modo que el art. 4.3 del Código Civil
sirve como herramienta integradora de las omisiones que se contienen
en el derecho sustantivo, al disponer que "las disposiciones de
este Código se aplicarán como supletorias en las materias
regidas por otras leyes", la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881
(en adelante LEC/1881) ha tenido desde sus orígenes una función
supletoria o complementaria de las restantes normas procesales, colmando
las lagunas de que adolecían con su prolija regulación.
Así, la Ley de Tribunales Industriales, de 19 de mayo de 1908,
que daba cumplimiento a la Ley de Accidentes de Trabajo de 1900, remitía
a la ley procesal civil en lo no previsto en la misma. La Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (en adelante LEC), no ha querido sustraerse a esa tradición integradora de otras normas adjetivas, y ahora dispone expresamente en su art. 4 que "en defecto de disposiciones en las leyes que regulan los procesos penales, contencioso-administrativos, laborales y militares, serán de aplicación, a todos ellos, los preceptos de la presente Ley." Ese cometido ya aparece claramente reflejado en su Exposición de Motivos cuando nos dice que "es necesaria una Ley de Enjuiciamiento Civil nueva, que, respetando principios, reglas y criterios de perenne valor, acogidos en las leyes procesales civiles de otros países de nuestra misma área cultural, exprese y materialice, con autenticidad, el profundo cambio de mentalidad que entraña el compromiso por la efectividad de la tutela judicial, también en órdenes jurisdiccionales distintos del civil, puesto que esta nueva Ley está llamada a ser ley procesal supletoria y común." Pero hemos de distinguir esta remisión indirecta que se hace a la LEC, para los casos en que se detecten lagunas en el ordenamiento procesal laboral, de la remisión directa que a través del articulado de la LPL se realiza a la LEC. Es el caso, por ejemplo, del art. 183, referido a la audiencia al demandado rebelde, o del art. 235.1, según redacción dada por la propia Disposición Final 11ª.9 de la LEC, al señalar que "las sentencias firmes se llevarán a efecto en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la ejecución de sentencias, con las especialidades previstas en esta Ley", o del art. 303, a propósito de la ejecución provisional. Si cuando se produce esta expresa remisión a la Ley procesal común podemos encontrar algún problema de acomodación con la especialidad laboral, estos problemas se acentúan cuando hemos de valernos de la genérica cláusula supletoria para colmar una laguna de la normativa adjetiva laboral, pues en modo alguno hemos de olvidar que el orden social de la jurisdicción posee unas especiales características y connotaciones que lo separan considerablemente de la genérica regulación procedimental. Así, y por lógica aplicación del principio de especialidad, prevalente al de supletoriedad, han de ser aplicadas las propias normas procesales laborales que regulen la materia, pero en defecto de tales normas hemos de realizar un esfuerzo integrador del propio sistema adjetivo laboral para cubrir la laguna de que se trate antes de acudir artificiosamente a una norma común que pueda conculcar alguno de sus arraigados principios, pues no olvidemos que es el orden social un orden con su propia entidad. En el proceso laboral hemos de partir de la estrecha relación que se da entre la normativa procesal laboral y la sustantiva, por lo que hemos de intentar realizar esa labor autointegradora acudiendo en último término a la LEC, por supuesto siempre que no se nos ordene acudir directamente a esa Ley. Precisamente la delimitación de esa "zona de oscuridad", en la que nos puede asaltar la duda de si determinados pasajes de la LEC van a poder aplicarse en el proceso laboral, es tarea que en los siguientes capítulos de esta obra vamos a intentar dilucidar, juntamente con el señalamiento de las modificaciones que la entrada en vigor del nuevo cuerpo legal va a producir, aunque sea de manera tangencial, en el proceso laboral.
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